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Mexico y el Mundo

¿Pediste un préstamo al banco o un familiar? Debes avisar al SAT si supera esta cantidad

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¿Pediste un préstamo al banco o un familiar? Debes avisar al SAT si supera esta cantidad

Los préstamos son un instrumento financiero al que recurren millones de personas, ya sea que venga de parte de una institución financiera, un familiar o algún conocido , pero ¿sabías que a partir de cierta cantidad estos deben ser notificados al Servicio de Administración Tributaria (SAT)? Eso sí, toma en cuenta que no todos los préstamos deben ser declarados ante el SAT, solo aquellos que impliquen una cantidad alta de dinero, por lo que aquí te contaremos cuál es el límite permitido. Toma en cuenta que todo el tema de los préstamos personales está regido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo que ignorar la cantidad máxima te puede hacer acreedor de una sanción administrativa.

¿Qué préstamos se deben declarar ante el SAT? De acuerdo con el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta , las personas físicas residentes en México están obligadas a informar préstamos, donativos y premios cuando, de manera individual o sumada, superen los 600,000 pesos en un año. Esto significa que si recibes un préstamo pequeño de un familiar o de un amigo, no hay necesidad de declararlo. Pero si la suma total de préstamos, regalos o premios durante el año excede esa cifra, sí deberás reportarlo en tu declaración anual. El SAT establece los formatos y medios específicos para presentar esta información, por lo que es importante revisar las reglas de carácter general que publica la institución para cumplir correctamente con la obligación fiscal. En pocas palabras: préstamos grandes sí, préstamos pequeños no, pero siempre conviene llevar un registro claro de lo que recibes para evitar sanciones. ¿Qué pasa si no declaras los préstamos grandes? No cumplir con esta obligación puede generar sanciones administrativas, que incluyen: Multas económicas : el SAT puede imponer multas por no presentar la información o presentarla de manera incorrecta. Actualización del impuesto : se pueden calcular los impuestos correspondientes sobre los ingresos no declarados, con recargos e intereses. Acciones de fiscalización : el SAT puede iniciar auditorías para verificar ingresos y pagos, lo que podría derivar en sanciones adicionales. En general, ignorar la obligación de declarar préstamos que superen los 600,000 pesos expone al contribuyente a multas y a la actualización de impuestos, por lo que conviene siempre reportar correctamente los montos recibidos. ¿Vas a pedir un préstamo? Sigue estas recomendaciones BBVA aconseja planear bien antes de pedir un préstamo para usarlo de manera responsable y evitar problemas financieros. Es clave comparar opciones más allá de la tasa de interés, revisando el Costo Anual Total (CAT) y el Costo Total del Crédito (CTC), que incluyen comisiones y cargos adicionales. Entregar toda la documentación desde el inicio agiliza el trámite, y leer el contrato con detalle ayuda a conocer penalizaciones, cargos extra y la posibilidad de pagos anticipados. Hacer simulaciones de pago permite planear tus cuotas y fechas, mientras que solicitar solo lo necesario evita endeudamiento innecesario. También es recomendable elegir un plazo acorde a tu capacidad de pago, pedir el crédito en moneda nacional y decidir entre tasa fija o variable según tu perfil. Cumplir puntualmente con los pagos protege tu historial crediticio y evita multas. ]]>

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La tabasqueña Fátima Bosch gana el titulo de Miss Universo 2025

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Fátima Bosch (Tabasco, 25 años) se ha convertido en la cuarta mexicana en ganar el certamen Miss Universo, que este año se llevó a cabo en Tailandia. La tabasqueña se coronó este viernes 21 de noviembre en Bangkok a las 21.57 del centro de México, sobre las 10.57 horas del país anfitrión.

El certamen se llevó a cabo en el Impact Arena, en la localidad de Muang Thong Thani, en Pak Kret, a las afueras de la capital tailandesa.

Bosch se metió entre las últimas cinco finalistas junto a Praveenar Singh, representante de Tailandia; Ahtisa Manalo, de Filipinas; Stephany Abasali, de Venezuela, y Olivia Yace, de Costa de Marfil.

Antes del anuncio de la ganadora, las concursantes escogían una carta con un número que indicaba qué juez les haría una pregunta.

A la mexicana le tocó con Dr.Nok Chalida, Miss Tailandia 1998. “¿Cuáles crees que son los desafíos de ser mujer en 2025 y cómo usarías la plataforma de Miss Universo para crear un espacio seguro para las mujeres del mundo?”.

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Bosch respondió: “Como mujer y como Miss Universo, quiero alzar mi voz y ponerla al servicio de los demás. Porque estamos para hacer un cambio, porque somos mujeres que debemos pararnos. Las que logramos pararnos con valentía somos las que hacemos historia”.

Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo felicitó este viernes a la tabasqueña Fátima Bosch, ganadora del certamen Miss Universo 2025.

En su conferencia matutina en Palacio Nacional, la mandataria destacó la valentía de la concursante, a quien consideró un ejemplo por alzar la voz frente a lo que percibió como una injusticia.

Comentó que vio un video proveniente de Tabasco en el que, aseguró, la población se unió para apoyar a la concursante. “Estaban ahí aplaudiendo”, apuntó, aunque insistió en que más allá del certamen, lo relevante es la actitud mostrada por Bosch: “Más allá del propio concurso y demás, que se puede platicar de eso en otro momento, a mí me gustó de ella que levanta la voz cuando siente que hay una injusticia. Y eso es un ejemplo”.

Ante una pregunta sobre si ese comportamiento reflejaba valentía, la Presidenta respondió afirmativamente: “Sí, para todas y todos los mexicanos. Y para las mujeres”. Agregó que esa actitud desafía estereotipos. “Yo digo en los mítines: ya quedó atrás aquella cosa que decían ‘calladita te ves más bonita’. Las mujeres nos vemos más bonitas cuando hablamos y cuando participamos”.

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Mexico y el Mundo

Cancela Estados Unidos visas al expresidente de Panamá, José ‘Gaby’ Carrizo y a los empresarios Attie

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Panamá.- José Gabriel Carrizo, expresidente de la República en el gobierno de Laurentino Cortizo, y los empresarios y hermanos Budy y Ralph Attie D’Jamous se quedaron sin visa para entrar a Estados Unidos.

En el territorio nacional circula que el gobierno Norteamericano les revocó las visas la semana pasada; sin embargo, aún no se ha hecho algún pronunciamiento oficial específico.

Hay que destacar que recientemente, la Contraloría General de la República de Panamá ordenó la cautelación de propiedades y cuentas bancarias de Carrizo por un monto de 1 millón 313,818 dólares. Esto por presunto uso indebido de fondos públicos.

En tanto, los hermanos Budy y Ralph Attie D’Jamous son investigados por su presunta participación en el caso Fintek, relacionado con la gestión de vales digitales durante la pandemia.

Por otro lado, el embajador Kevin Marino Cabrera dijo al diario Crítica “No comentamos sobre casos individuales. Estamos comprometidos con la protección de nuestra nación al mantener los más altos estándares de seguridad nacional a través de nuestro proceso de visas”.

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Dejó claro que las visas son un privilegio, no un derecho.

Hay que recordar que este mismo proceso de cancelación de visas ha sido aplicado en otros países de Latinoamérica, especialmente a ciudadanos, sin importar si son políticos o empresarios, quienes a juicio de Estados Unidos, son un riesgo para la seguridad de ese país al estar involucrados en posibles hechos delictivos.

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Qué pasa con tus Cetes si falleces: cómo se heredan y qué documentos necesita tu familia

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Qué pasa con tus Cetes si falleces: cómo se heredan y qué documentos necesita tu familia

Invertir en Cetes se ha vuelto una opción recurrente para quienes buscan instrumentos de bajo riesgo respaldados por el gobierno, sin pagar comisiones de apertura o manejo. La vía más usual para hacerlo es Cetesdirecto, plataforma gratuita operada por el gobierno federal donde los inversionistas compran y administran estos títulos de deuda de manera directa. Al tratarse de una inversión a tu nombre surge una duda central: qué ocurre con esos recursos si falleces y cómo puede tu familia recuperarlos . El procedimiento no es automático ni parecido al bancario tradicional, sino un trámite que tus beneficiarios deben iniciar en la plataforma con documentos y pasos específicos.

Qué son los Cetes Qué pasa con tus Cetes si falleces
Documentos que necesita un beneficiario mayor de edad Documentos cuando el beneficiario es menor de edad Cómo se llena el Formato Único de Trámites (FUT)
Cómo y cuándo se entregan los recursos al beneficiario
Qué pasa si el beneficiario también falleció o quieres cambiarlo

Los Cetes (Certificados de la Tesorería de la Federación) son instrumentos de deuda pública emitidos por el gobierno federal. Funcionan como un pagaré: prestas dinero al gobierno y recibes de regreso, al vencimiento, el valor nominal más el rendimiento pactado desde el inicio. Se compran con descuento y, al finalizar el plazo, obtienes el valor total del título. El rendimiento es de renta fija, porque conoces la tasa desde que haces la inversión. Cuando los Cetes se adquirieron a través de bancos, casas de bolsa o plataformas privadas, en caso de fallecimiento depende del contrato firmado con esa institución. Se debe revisar si existe beneficiario registrado, porque ese dato define quién puede solicitar los recursos y bajo qué procedimiento. Si no hay beneficiarios asignados, la inversión pasa a formar parte de la sucesión y solo puede liberarse mediante un juicio hereditario o testamento validado. La institución financiera retiene los valores hasta que la autoridad confirme a la persona con derecho legal para recibirlos. En caso de que se hayan invertido en la plataforma gubernamental, los recursos no se transfieren de manera automática se trasladan a una cuenta de Cetesdirecto a nombre del beneficiario. Para iniciar el trámite se debe reportar el fallecimiento al centro de atención telefónica, en el número 55 5000 7999, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. A partir de ese aviso se abre el proceso de entrega según los porcentajes asignados y los valores se trasladan a una cuenta activa a nombre del beneficiario, asociada a su propia cuenta bancaria. Quien figure como beneficiario mayor de edad debe presentar un conjunto de documentos para integrar el expediente y permitir que el área jurídica dictamine el caso. Se solicitan en original y copia los siguientes documentos: – Copia certificada del acta de defunción del titular. – Contrato de Cetesdirecto del cliente fallecido y del Anexo A, en caso de conservarlos. – Identificación oficial con fotografía del titular fallecido. – Comprobante de domicilio a nombre del beneficiario, con antigüedad no mayor a tres meses. – Identificación oficial vigente con fotografía del beneficiario. – Constancia original de CURP del beneficiario, solo si no se identifica con credencial para votar. – Formato Único de Trámites (FUT) donde solicite el estado de cuenta del cliente finado en calidad de beneficiario. Los documentos originales se cotejan con las copias simples y se devuelven de inmediato, salvo las copias certificadas y constancias de CURP, que se integran al expediente. Si el beneficiario es menor de edad, además de los cuatro primeros documentos del listado anterior, se requiere la siguiente documentación adicional en original y copia: – Identificación vigente con fotografía del menor (credencial escolar o pasaporte). – Identificación oficial vigente con fotografía de quien ejerce la patria potestad o tutela. – Copia certificada del acta de nacimiento del menor. – Copia certificada del acta de nacimiento de madre, padre o tutor. – Constancia original de CURP del menor. – Constancia original de CURP de quien ejerce la patria potestad o tutela. – Copia certificada de la resolución judicial que designe al tutor, en caso de corresponder. En este escenario, madre, padre o tutor actúan en representación del beneficiario menor durante todo el trámite. Formato Único de Trámites es el documento donde el beneficiario solicita el estado de cuenta del cliente fallecido. Solo se deben completar algunos apartados específicos: – Fecha de llenado. – Documento con el que te identificas (marcando la casilla correspondiente). – Datos generales del beneficiario. – Información de contacto del beneficiario. En el cuadro de observaciones debe anotarse una leyenda distinta según el caso: Beneficiario mayor de edad: “Solicito estado de cuenta del(la) cliente finado(a) [nombre completo] en calidad de beneficiario(a). Manifiesto que actúo a nombre y por cuenta propia”. Beneficiario menor de edad (madre, padre o tutor): “Solicito estado de cuenta del(la) cliente finado(a) [nombre completo] en mi carácter de [madre, padre o tutor(a)] del(la) menor beneficiario(a) [nombre completo del menor]”. Si no se cuenta con el contrato ni el Anexo A, se anota en observaciones: “No entrego Contrato ni Anexo A, en virtud de que no cuento con ellos”. No se deben llenar los apartados de número de cuenta Cetesdirecto, domicilio de residencia, cuenta bancaria o sección de beneficiarios. El formato se firma al final por quien realiza el trámite. Una vez integrada la documentación inicial, el expediente se envía al área jurídica de Nacional Financiera (NAFIN) para dictaminación. Tras un dictamen favorable, se programa la entrega de los recursos mediante traspaso de valores a la cuenta de Cetesdirecto del beneficiario. El proceso requiere acudir al Centro de Atención Personalizada (CAP) de Cetesdirecto o a una sucursal del Banco del Bienestar para firmar las cartas finiquito. Deben intervenir dos testigos: – Tu acompañante, con original y copia de credencial para votar vigente. – Una persona designada por Cetesdirecto o por la sucursal del Banco del Bienestar. Si los recursos rebasan las 3,000 UDIS, se solicita aumentar la capacidad de ahorro de la cuenta del beneficiario mediante: – Escalamiento, a través de medios electrónicos, usando e.firma del SAT. – Migración, de forma presencial en el CAP o en la sucursal, con firma autógrafa. Cuando el saldo es menor a 3,000 UDIS, basta con abrir un contrato exprés de Cetesdirecto. Para ello se piden CURP, RFC y CLABE o número de tarjeta de débito de una cuenta bancaria a nombre del beneficiario. Si la persona designada como beneficiaria fallece antes de recibir los recursos, la inversión no se reparte automáticamente entre el resto de beneficiarios registrados. En ese caso, quienes tengan derecho a heredar al beneficiario fallecido deben tramitar la sucesión ante autoridad competente. Nacional Financiera (Nafin) hará el traspaso con base en la resolución que se emita. Por esta razón, se recomienda mantener actualizada la designación de beneficiarios y solicitar cambios cuando uno de ellos haya fallecido. El cambio de beneficiario se realiza de forma presencial, sin necesidad de entregar documentación adicional, pero requiere llenar la sección correspondiente del Formato Único de Trámites y firmarlo conforme a las indicaciones de Cetesdirecto.

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